Las solicitudes para la adquisición de libros de texto se presentarán en la Concejalía de Educación, de 10 a 14 de la mañana desde el día 15 al 30 de Junio
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BECAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LOS LIBROS DE TEXTO.
CURSO ESCOLAR 2015/2016.
En los presupuestos de este Ayuntamiento para el presente ejercicio del 2015 se ha
consignado la partida económica 324.48001 de 6.000,00 euros destinados a la
concesión de Ayudas a familias para la adquisición de libros texto, mediante
convocatoria pública.
1. BENEFICIARIOS/AS.
Alumnado matriculado en E. Infantil y 1º – 2º de E. Primaria y que no sean beneficiarios de otras ayudas (programas de reutilización de libros de texto, becas y/o ayudas de otras entidades, etc).
2. CONCEPTO DE RENTA ECONÓMICA.
Se entenderá que la familia cumple el requisito de renta económica, a los efectos de ser beneficiaria de una ayuda de 61,8€ por escolar, cuando la renta neta anual de la unidad familiar, dividida entre el número de miembros que la integran, no supere la cantidad de cuatro veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM MENSUAL) para 2015 (menos de 2.130,04 euros).
– A los efectos de ser beneficiarias de una ayuda de 46.35€, solo se concederá ayuda a partir del segundo hijo/a en edad escolar, se entenderá cumplido el requisito de renta económica, cuando la renta neta anual de la unidad familiar, dividida entre el número de miembros que la integran, se encuentre entre 4 5,9 veces el indicador publico de renta de efectos múltiples (IPREM MENSUAL) para 2015 (entre 2.130,04 y 3.141,80 euros).
3. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA.
Para la justificación del requisito de renta, los/as solicitantes de las ayudas deberán
cumplimentar el ANEXO I y dentro de los plazos que se establecen. La documentación
que deberán presentar para calcular la renta será la siguiente:
– Fotocopia compulsada del certificado de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas (IRPF) 2013. Cuando los cónyuges hayan optado por la modalidad de declaración separada, se adjuntará certificado de ambas declaraciones.
– De encontrarse exentos de la declaración de la Renta, presentará Certificado de Imputación del IRPF del padre/tutor o madre/tutora en el caso de que ambos hayan realizado laboral en el año 2013.
En todo caso presentará fotocopia del Libro de Familia, donde se refleje la totalidad de
sus componentes o documentación oficial acreditativa de los miembros de la unidad familiar con sus fechas de nacimiento.
En los casos en que la AEAT no tuviera los datos fiscales referidos en el apartado anterior o en el caso de que el solicitante alegue una disminución en los medios económicos de la unidad familiar en el últimos meses como consecuencia de situaciones de desempleo, orfandad o viudedad que pudiera dar lugar a la concesión de la ayuda, la documentación acreditativa a presentar, en función de la nueva situación, será la siguiente:
– Certificación de Hacienda donde conste la ausencia de datos económicos de la unidad familiar.
– Certificado de vida laboral de cada uno de los miembros que constituyen la unidad familiar y, en su caso, nómina y certificados de empresa donde figuren los ingresos percibidos.
– Certificados de situación de desempleo de los miembros de la unidad familiar y, en su caso, de la cuantía económica que perciben en concepto de prestación.
– Certificado de su situación de pensionista y de la cuantía que percibe en concepto de pensión.
Las situaciones de separación o divorcio, se deberán acreditar con la copia de la sentencia judicial y en caso de separación de hecho con documento notarial, copia de la interposición de la demanda u otros documentos oficiales que avalen dicha situación.
4. CÁLCULO DE LA «RENTA PER CÁPITA» EN FUNCIÓN DE LA
DOCUMENTACIÓN APORTADA.
Para calcular la Renta «per capita» de la unidad familiar se sumará, la parte general de la renta del periodo impositivo (casilla 366 de la declaración IRPF), con la base imponible de ahorro (casilla 374). De esta suma se restará la reducción por Rendimiento del trabajo (casilla 016) y la cuota resultante de la autoliquidación (casilla 511). La cantidad resultante se dividirá por el número de miembros de la unidad familiar.
5. FAMILIAS NUMEROSAS.
Hallada la renta familiar, según los apartados anteriores, se aplicará una deducción de 492 € por cada hermano incluido el solicitante que conviva en el domicilio familiar.
6. OBLIGACIONES DEL SOLICITANTE.
El/la perceptor/a de cualquier subvención deberá acreditar previamente estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Corporación Municipal, así como con sus obligaciones tributarias con Hacienda y la Seguridad Social.
7. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
Las solicitudes para la adquisición de libros de texto se presentarán en la Concejalía de Educación, de 10 a 14 de la mañana desde el día 15 al 30 de Junio .
Concejalía de Educación
Excmo. Ayuntamiento de Alcázar de San Juan.Tfno.926 54-51-40 , Doctor Bonardell, 1-1ºplanta, 13.600. Alcázar de San Juan
Documentos
Ayuntamiento de Alcázar de San Juan: www.alcazardesanjuan.es
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